Micelio
Auto2 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones Por El Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-La Jurisdicción Ordinaria No Expresó Su Voluntad De Reclamar O De Rechazar La Competencia En Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Jurisdicciones entre el Juzgado Treinta y Seis Penal Municipal con función de conocimiento de Bogotá y las autoridades del resguardo indígena Santa Marta - Diamante del municipio de Coyaima (Tolima).

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en un proceso penal adelantado en contra de una ciudadana, por el delito de violencia intrafamiliar agravada.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no se satisfizo el primero, en la medida en que no se presentó una disputa entre dos autoridades judiciales que reclamaran para sí o negaran la competencia frente al caso en cuestión.

Ello, porque únicamente la autoridad indígena manifestó su voluntad de conocer el proceso mencionado.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Treinta y Seis Penal Municipal con función de conocimiento de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al resguardo indígena involucrado y a los demás interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarase INHIBIDA para pronunciarse sobre el conflicto de jurisdicciones planteado por el Juzgado Treinta y Seis Penal Municipal con función de conocimiento de Bogotá y el resguardo indígena Santa Marta - Diamante del municipio de Coyaima Tolima.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-941 al Juzgado Treinta y Seis Penal Municipal con función de conocimiento de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al resguardo indígena Santa Marta - Diamante del municipio de Coyaima Tolima y los demás interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.